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miércoles, 27 de junio de 2018

Someten recurso de impugnación a proceso de adjudicación de obra del CEIZTUR por irregularidades



La empresa  Ingeniería Estrella denunció que la empresa ganadora ofertó el segundo precio más alto y el mayor tiempo de entrega de la obra.
 
La empresa Ingeniería Estrella sometió un recurso de impugnación a la licitación pública CEIZTUR-CCC-LPN-2018-0001,  que realizó el Comité Ejecutor de Infraestructura Turística, CEIZTUR, unidad constructora del Ministerio de Turismo, para la construcción del tramo carretera Monte Cristi- Isabel de Torres,  alegando que dicho proceso no cumplió con los principios de eficiencia, igualada y libre competencia, y economía que expresa la ley 340-06 de compras y contrataciones.
 
Según el recurso de impugnación depositado en el CEIZTUR en fecha 22 de junio del presente año, la empresa ECOCISA,  beneficiaria de la adjudicación, fue la que presentó uno de los presupuestos más altos y con mayor tiempo de entrega, situaciones esta que contravienen principios de la ley de compras y contrataciones y, por demás afectan el interés público.
 
Los criterios de valoración utilizado por CEIZTUR para la adjudicación de dicha a la empresa ECOCISA no poseen la transparencia que establece la ley 340-06, además de que viola derechos de los demás oferentes y el principio de igualdad de oportunidades que debe reinar en una licitación pública.
 
La empresa Ingeniera Estrella presentó una oferta apegada a los términos de referencia, cumpliendo con cada uno de los requerimientos que exigen las legislaciones Dominicanas, con una propuesta económica inferior en 42 millones de pesos a la de la empresa que resultó adjudicataria y con un tiempo de entrega menor.
 
Este medio obtuvo acceso a los documentos que avalan la impugnación realizada por la empresa Ingeniería Estrella y pudo constatar que entre las ofertas propuestas por otros oferentes, existe una diferencia de unos 72 millones de pesos, según el un cuadro comparativo donde aparecen las cinco empresa que llegaron al final de proceso.
 
Esta situación sale a la luz pública en el momento en que el país da seguimiento al caso Odebrecht, donde han salido a la luz publica sobornos para conseguir la adjudicación de obras del estado y recientemente la Dirección General de Contrataciones públicas abolió una resolución que permitía realizar algunos tipos de compras sin la rigurosidad de la ley 340-06.
 
Empresa Ingeniería Estrella, S. A.,  solicita declarar nulidad del acta de Adjudicación emitida por (CEIZTUR), para la Reconstrucción tramo Carretera Montecristi - Isabel de Torres

Santo Domingo.- El director general de la empresa Ingeniería Estrella, S. A.,  Manuel de Jesús Estrella Cruz, solicitó este martes al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (CEIZTUR), la impugnación de la reconstrucción del tramo de la Carretera Montecristi- Isabel de Torres.

Informó que el pasado 15 de junio del presente año el CEIZTUR mediante una comunicación expresó que la empresa adjudicataria Equipos & Construcciones del Cibao, S.R.L. (ECOCISA), por supuestamente contener la mayor cantidad de requisitos cumplidos de los términos de referencia así como por contener todos los módulos solicitados.
El monto ofertado por la empresa Ingeniería Estrella, S. A., fue de un valor de doscientos veintisiete millones trecientos sesenta mil novecientos noventa y seis pesos con veinticuatro centavos  completo, representando un  17.48% por debajo del presupuesto base del CEIZTUR.
Estrella Cruz, a través de sus abogados licenciados Robert Martínez Vargas y Elda Báez Sabatino, respectivamente, informó que a pesar de su participación en la licitación de referencia CEIZTUR-CCC-LPN-2018-0001 donde se cumplieron con todos los trámites y exigencias requeridas, la empresa Ingeniería Estrella, S. A., fue excluida después de la apertura del bloque B supuestamente por obtener una puntuación inferior a la adjudicataria, haciendo contraste con lo anteriormente señalado.

“Mi empresa ofertó un precio inferior, así como menor tiempo de ejecución de la obra al que resultó ser el beneficiario de la Adjudicación, por lo que, resulta más que evidente que nuestra exclusión fue antojadiza e ilegal, ya que esta evaluación para obtener el beneficiario de la misma resulta evidentemente subjetiva”
indicó.
A su juicio esta decisión contraviene los criterios de transparencia y objetividad que deben primar por lo que aseguro que el Comité de Licitación, incurre en un involuntario error al establecer que el "Cronograma de Obra" presentado por Ingeniería Estrella, S.A., es por un período de seis meses, siendo lo real 132 días, equivalente a 4.4. meses, que es mucho ventajoso para CEIZTUR.
 

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